DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, éste Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando en sede constitucional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la acción de amparo interpuesta por el ciudadano ANTONIO DI SILVESTRE, titular de la cédula de identidad No V-5.375.673, en su condición de Director Administrador de la empresa AURIMOTOR´S C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en fecha 23 de octubre de 2001 bajo el No 34, Tomo 83-A, debidamente asistido por el Abogado FRANKY VILLAMIZAR VARGAS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el No 78.903.
SEGUNDO: Se revoca la medida cautelar que ordenó la suspensión de la ejecución de la sentencia en el juicio por prestaciones sociales seguido en el expediente No GPO2-L-2004-000481, lleva.....