En consecuencia, mientras no haya oposición en contrario y dejando a salvo los derechos que correspondan a terceros; de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado del Municipio Bermúdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO, suficiente a favor del ciudadano EFREN ANTONIO MARTINEZ, de nacionalidad venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la cedula de identidad N° V- 9.458.144 y de este domicilio, sobre el referido Vehículo de las siguientes características: MARCA: FORD; MODELO: SPORT WAGON; COLOR: BLANCO Y AZUL; AÑO: 1.986; PLACAS: P01023; SERIAL MOTOR: 8 CILINDROS; SERIAL CARROCERIA: 1FMEE11NOGHC37327; USO: COLECTIVO PERSONAL; CLASE: CAMIONETA; TIPO: VAN.- Así se decide.