DISPOSITIVA
Ahora bien, cumplidos como han sido los demás tramites de ley y verificados los requisitos anteriores, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite el siguiente pronunciamiento: UNICO: SE DECLARA INADMISIBLE la acción de Amparo Constitucional interpuesta por el abogado en ejercicio OSCAR TRIANA, en su carácter de defensor privado del ciudadano RONALD VIDAL PATERNINA señalando como agraviante al Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 4 de este Circuito Judicial Penal, a cargo del juez ABG. JOEL AGUSTIN FERNANDEZ, por la presunta violación a la Tutela Judicial efectiva, señalando sus argumentos previstos en los artículos, 26, 27, 49.3.8 Y 51 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela.
Publíquese, regístrese. Notifíquese a las recurrentes. Ofíciese lo conducente. Dada, firmada y sellada en l.....