Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad contra la Providencia Administrativa Nº 159-2018 dictada por la Inspectoría del Trabajo de Cumaná del Estado Sucre en fecha 20/09/2018, incoado por el ciudadano FRANKLIN JOSÉ GONZÁLEZ, titular de la cedula de identidad N° V- 19.239.623, debidamente representado por JUAN LOBATÓN abogado inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 93.153, contenido en el expediente N° 021-2018-01-00546, en la cual declaró SIN LUGAR la solicitud de reenganche y restitución de derechos.
SEGUNDO: Se anula la Providencia Administrativa de fecha 20/09/2018, signada con el Nº 159-2018 contenida en el expediente administrativo N° 021-2018-01-00546 emanada de la INSPECTORIA DEL TRABAJ.....