DISPOSITIVA
Por los motivos antes expuestos este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de medidas del Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la SOLICITUD DE DIVORCIO presentada por los ciudadanos:ELADIO ANTONIO COLMENARES, Venezolano, mayor de edad, Titular de la cedula de Identidad N° V-20.949.465, domiciliado en el Caserío La Perfectera, Parroquia La Estación de Ospino Estado Portuguesa, y la ciudadana CLARISBEL ESTEFANY COLMENAREZ PEREZ, Venezolana, Mayor de Edad, Titular de la cedula de Identidad V- 21.298.048, con domicilio en el Barrio Maisanta de Ospino Estado Portuguesa respectivamente y DISUELTO en consecuencia el Matrimonio por ellos contraído, 10 de Febrero de 2012, por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia La Estación del Municipio Ospino del Estado Portuguesa. Según acta N° 008,ASI SE DECIDE. .....