En esta misma fecha se publicó auto motivado de la Audiencia de revisión de Sanción del hoy joven adulto Victor Granadillo, en la que de conformidad a la competencia funcional atribuida en los Artículos 646 y 647 literal "e", de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Sustituyó la Sanción de Privativa de Libertad, por la consagrada en el literal "e" del Artículo 620 de la LOPNA, como lo es la de SEMI- LIBERTAD , por el lapso de un (01) año, LIBERTAD ASISTIDA, por un (01) año e imposición de REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso de diez (10) meses y veintiún (21) días. Se ordenó notificar a las partes.