En el recurso de apelación interpuesto en fecha 15 de septiembre de 2004, por el Abogado ÁNGEL LAYA, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSÉ PIETRANTUANO PÉREZ, en contra de la sentencia dictada en fecha 2 de septiembre de 2004, por el Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, mediante la cual se declaró Inadmisible el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el referido ciudadano en contra del INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLÍCIA MUNICIPAL DE CHACAO, esta Corte dictó decisión por medio de la cual declaró: 1.-Su competencia para conocer del presente recurso; 2.-Sin lugar el recurso de apelación interpuesto; y 3.-Confirma la sentencia apelada. 02