Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA la Suspensión Condicional del Proceso y establece como condiciones a cumplir por los ciudadanos LISANDRO JOSÉ RIVERA RIVERA, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, de 22 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio chofer, nacido el 05-04-1986, titular de la Cédula de Identidad N° 19.189.372, hijo de Pedro Saldivi y Matilde Rivero y domiciliado en la cuarta calle de Charallave, casa S/n, cera del bar. los almendrones, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; y ALEXANDER JOSÉ RIVERA MARCANO, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, de 24 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio caletero en el mercado, nacido el 07-10-84, titular de la Cédula de Identidad N° 17.779.695, hijo de Nilma Mar.....