Este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley dictó sentencia definitiva declarando CON LUGAR la demanda de Reconocimiento de Unión Concubinaria intentada por la ciudadana CARMEN IRENE AGUILAR RAMÍERZ, contra los ciudadano RICARDO ALFONSO PÉREZ AGUILAR y YÉSSICA IRENE PÉREZ AGUILAR, con fundamento en el artículos 507 y 767 del Código Civil y el Articulo 77 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.