PRIMERO: CON LUGAR la recusación propuesta contra la abogada EUGENIA MARIA ESPINOZA PIÑANGO, Juez Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, conforme a lo previsto en el Artículo 26 de la Constitución de la República.
SEGUNDO: Se ordena la remisión inmediata del presente asunto al Juzgado correspondiente y se ordena librar oficio con copia certificada de esta decisión al Juez recusado.