..."Este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de divorcio 185 del Código Civil, en concordancia con la sentencia Nº 693, de fecha 02 de junio de 2015 emanada de la Sala Constitucional (Carácter Vinculante), interpuesta por los ciudadanos María Eligia Avendaño Cuevas y Marcelino Hernández Añez, plenamente identificados en autos, y en consecuencia, se declara: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeron matrimonio ante el Registro Civil de la Parroquia Milla, Municipio Libertador, en fecha 23 de Julio de 1990, según acta Nº 66. Así se decide."...