´DISPOSITIVA III.-
En razón de lo anteriormente expuesto este Tribunal Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA INCOMPETENTE en razón de la MATERIA, para conocer de la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, presentada por el ciudadano EDIXON MIGUEL MATHEUS GARCÍA, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-14.515.904, domiciliado en el Municipio Valencia del Estado Carabobo, debidamente asistido ciudadana MARÍA MARTINA SALAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 161.084, Funcionaria Pública adscrita al programa Tribunal Móvil de la Escuela Nacional de la Magistratura del Tribunal Supremo de Justicia, en contra de la ciudadana MARILY.....