´III
DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Hecho interpuesto por los abogados Oliver Tovar y Leobardo Fernández, abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 231.650 y 15.003., actuando en su condición de apoderados judiciales de la Asociación Civil Religiosa Centro Evangélico Peniel en contra del auto dictado en fecha 24 de octubre de 2024 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; en el cual se niega oír la apelación formulada por la mencionada sociedad Civil en contra del auto de fecha 17 de octubre de 2024.
SEGUNDO: SE REVOCA el auto de fecha 24 de octubre de 2024 dictado p.....