Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley ABSUELVE: a la Ciudadana VICENTE EUDORINA MARCANO, venezolano, de 19 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 15.243.604, nacido el 10/07/1975, residenciada en Caserío Punta Brava, calle principal, Municipio Andrés Eloy Blanco, Cumaná, Estado Sucre, de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en los articulos 407 y 278ambos del Código Penal por los cuales la acusó la Fiscalía Primera del Ministerio Público; en perjuicio de la ciudadana MIRAIDA MARCANO . La presente es dictada de conformidad con los artículos 365 y 366 del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda la inmediata libertad del acusado desde la sala de audiencia. Líbrese oficio al Director del Internado Judicial anexo a la boleta de excarcelación que se ordena remitir junto con oficio, instruyendo a los ciudadanos alguaciles que se sirvan realizar las.....