"....este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente Solicitud, formulada por los ciudadanos: KITTY ESTHER DIAZ NUÑEZ y OSCAR HUMBERTO MOTA GARCIA, debidamente identificados en autos, y en consecuencia, disuelto el vínculo Matrimonial que los unía desde el día 16 de Septiembre de 1993, fecha en la que contrajeron matrimonio ante la Primera Autoridad Civil del Registro Civil del Municipio Guacara Estado Carabobo. NO PROCREARON HIJOS. NO HAY BIENES QUE LIQUIDAR. PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA."