DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Noveno en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: NIEGA la entrega del vehículo Marca Toyota, Clase Automóvil, Tipo Sedan, Modelo Corolla, Color Vinotinto, Placas SIN PLACAS, Uso PARTICULAR, Año 1988, Serial de Carrocería DEVASTADO, Serial de Motor 40912459, solicitado por las ciudadanas LUISA ELENA ABDENOUR DELGADO Y MARIA EUGENIA MÉRIDA, ya que a juicio de este Tribunal, la parte solicitante no acreditó su cualidad de propietario o poseedor legítimo del mismo, mediante la exhibición de los documentos presentados que avalaban su pretensión, y que han sido valorados por este operador de Justicia conforme a las reglas del criterio racional imperante en los procesos judiciales.
SEGUNDO: Se ordena la remisión al despacho del Fisc.....