este TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, en contra del imputado FELIX ALBERTO MORALES ROJAS, Venezolano, nacido en fecha 09/03/1965, de 47 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.641.004, de estado civil soltero, oficial de Oficial de la Marina Mercante , hijo de Ortalia Rojas y Pedro Morales, domiciliado en Avenida Perimetral, Casa N° 75, frente al Hotel Bahía Azul, Cumaná, Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio de JAVIER EDUARDO PEREZ MORALES; medida consistente en PRESENTACIONES PERIÓDICAS CADA TREINTA (30) DÍAS, por un lapso de seis (06) meses por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal; todo de conformidad a lo establecid.....