En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer el presente recurso de apelación interpuesto por el ciudadano LUIS MANUEL GARCIA SILVA actuando en su condición de parte querellante en la presente acción de amparo constitucional, asistido por el abogado LUIS E. FIDHEL GONZALES, contra la decisión publicada en fecha 22 de octubre del año 2014 por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito del Trabajo del estado Portuguesa, con sede en Acarigua; por las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: CON LUGAR, el presente recurso de apelación interpuesto por el ciudadano LUIS MANUEL GARCIA SILVA actuando en su condición de parte querellante en la presente acción de amparo constitucional, asistido por el abogado LUIS E. FIDHEL GONZALES, contra la de.....