Vista la anterior solicitud presentada por la FISCAL NOVENO DEL MINISTERIO PUBLICO EN EL SISTEMA DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DEL ESTADO FALCÓN, mediante el cual solicita, se ordene la homologación del convenimiento de Obligación de Manutención, contenido en el acta de fecha ocho (08) de diciembre de 2.008, suscrito por los ciudadanos SAMUEL JOSE BORGES GOTOPO y NOHEMI JOSEFINA MORA MACHO, titulares de la cédulas de Identidad Nos. 7.135.358 y 9.582.033, respectivamente, en beneficio de sus hijos (se omiten nombres), de trece (13), nueve (09) y siete (07) años de edad respectivamente, la cual queda en los siguientes términos:
El ciudadano SAMUEL JOSE BORGES GOTOPO ya identificado, se compromete a suministrar la cantidad de BOLÍVARES TRESCIENTOS CINCUENTA CON 00/100 (Bs. F 350,00) MENSUALES. Asimismo, para la época de útiles escolares, el señor se compromete a depositar la cantidad de BOLIVARES DOSCIENTOS CON 00/100 (Bs. F 200,00). Igualmente, para la compra de los estrenos .....