En orden a los razonamientos expuestos, éste Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
SIN LUGAR, LA ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL ejercida por el abogado GABRIEL ALEJANDRO PEREZ CONTRERAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 146.529, actuando con el carácter de representante judicial del ciudadano LUIS JESUS NUÑEZ MANRIQUE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.910.256, contra el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Valencia, por omisión de pronunciamiento en la causa contenida en el expediente GP02-L-2010-002238.