Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal en Funciones de Ejecución, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Otorga la fórmula alternativa de Cumplimiento de Pena de LIBERTAD CONDICIONAL por encontrarse llenos los requisitos exigidos en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal a {......}, titular de la Cédula de identidad {......} por el tiempo de la pena que le queda por cumplir; (21 de Noviembre del 2014); Líbrese la correspondiente Boleta de Excarcelación anexa a Oficio dirigida al Centro de Reclusión debiendo notificar al penado que DEBERÁ COMPARECER AL TRIBUNAL EL MIERCOLES POSTERIOR EN HORARIO DE 8 Y 30 A.M. A 12 M. A LOS FINES DE ENTREGARLE COPIA CERTIFICADA DE LA RESOLUCIÓN E IMPONERSE DE LAS CONDICIONES, HACIENDO LA SALVEDAD QUE DE NO ACUDIR SE PROCEDERÁ A LA REVOCATORIA DEL BENEFICIO OTORGADO, CONFORME LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 510 Y 511 DEL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL; Líbrese Bolet.....