este Juzgado Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: NIEGA la solicitud de medida cautelar de secuestro, solicitada por la parte actora ciudadana DAYANA YUMIJAIKA RIVAS DE ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad No. 14.243.841, de este domicilio, contra el ciudadano DERWIN JOSUE ZAMBRANO MATOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 13.491.753 y la Sociedad mercantil H & C LOGISTICS C.A., inscrita Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 12 de Julio de 2012, Nº 20, Tomo 69-A485.
Publíquese. Regístrese. Déjese copia para el Archivo.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Cir.....