III
DISPOSITIVO
En razón de todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PUERTO CABELLO Y JUAN JOSE MORA DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, EXTENSIÓN PUERTO CABELLO, Administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, interpuesta por la abogada LURDES SANCHEZ inscrita en el Inpreabogado Nro. 146.587 587 en su condición de apoderada judicial del ciudadano ADAN SERRAO FREITAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-17.777.445 contra la ciudadana NISLEY REBECA MORENO RIVAS venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-21.405.519. En consecuencia, SE DECLARA disuelto el vinculo matrimonial contraído en fecha diez (10) de marzo de año 2017 por ante la Oficina .....