Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal administrando justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley acuerda: UNICO: AUTORIZAR al penado GREGORIO VILORIA DUQUE, titular de la cédula de identidad 11.789.675, a los fines de que se traslade a la ciudad de Argenta, Provincia de Ferrara, Vía Gian Batista Alleotti, Italia, por el lapso improrrogable de CUATRO (04) MESES y QUINCE (15) DIAS, contados a partir de su salida de este país, para lo cual deberá la defensa consignar la documentación respectiva que acredite la salida y el regreso dentro del lapso establecido, con la obligación para el penado de presentarse de manera inmediata a su arribo al país a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Lara, a objeto de continuar con su supervisión, y presentando constancias que acrediten: Trabajo desempeñado, así como el cumplimiento de sus obligaciones familiares y personales para las cuales se concede la presente autorización.- Todo de conformid.....