Por todos los razonamientos precedentemente expuestos, este JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, TITULO para acreditar el carácter de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano: DOMINGO GREGORIO PAÑILES CALDERON, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº V-1.442.728, a sus hijos, ciudadanos: ORANGEL DAVID PAÑILES HERNÁNDEZ, ROSA DEL VALLE PAÑILES DE MERLO, DOMINGO GREGORIO PAÑILES HERNÁNDEZ, JOSE RAMON PAÑILES HERNÁNDEZ, MARIA ELENA PAÑILES HERNÁNDEZ, GIOVANNY JOSE PAÑILES HERNÁNDEZ y ZULAY DEL VALLE PAÑILES HERNÁNDEZ, venezolanos, mayores de edad, de éste domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros-12.163.210, V-6.466.118, V-6.482.302, V-6.499.556, V-6.490.426, V-6.499.555 y V-10.576.877, respectivamente, dejando a salvo el derecho de terce.....