DECISIÓN
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara declara CON LUGAR la apelación intentada por el Abogado JOSÉ ANTONIO RODRÍGUEZ, Apoderado Judicial de la parte demandada, en contra de la sentencia de fecha 21 de marzo de 2013 dictada por el JUZGADO DEL MUNICIPIO JIMÉNEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA. En consecuencia; SE ORDENA la PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN con arreglo a las disposiciones del vigente Código Civil y Código de Procedimiento Civil de los bienes de la comunidad habida entre los ciudadanos OTTO ANTONIO MENDOZA y MAIGUALIDA ROSA ORTÍZ MENDOZA, los cuales son los siguientes:
1. Una casa ubicada en Quibor Municipio Jiménez del estado Lara según consta en documento autenticado por ante el Juzgado del Distrito Jiménez, Estado Lara, de fecha 27 de Noviembre de 1990, quedando anotado bajo el N° 181, folios 289 vto. Al 291 fte de los Libros de Autentica.....