DISPOSITIVA
Por los motivos expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO interpuesta por el ciudadano EFREN OBDULIO MAKA DIAZ contra la ciudadana ANA MARIA VERDE YBARRA, por haberse demostrado la relación concubinaria con la demandada, desde el mes de octubre del año 2008 hasta el 31 de marzo del 2016. En consecuencia el ciudadano EFREN OBDULIO MAKA DIAZ, es acreedor de todos los derechos inherentes al matrimonio, específicamente le corresponde el cincuenta por ciento (50%) de la comunidad concubinaria fomentadas en el lapso comprendido desde el mes de octubre del año 2008 hasta el 31 de marzo del 2016, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo.....