PRIMERO: Que consecuencia a la aptitud de la parte demandante ciudadano ESCAILAC CEDEÑO, titular de la cédula de identidad V-16 750 577, y de su coapoderado judicial ciudadano JOSÉ NAYIB ABRAHAM ANZOLA, titular de la cédula de identidad V- 17 356 240 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 131 343, al activar innecesariamente el Sistema de Justicia de la Nación incoando una causa nueva habiendo otra anterior que se encuentra pendiente; este Tribunal ordena abrir cuaderno separado para la debida tramitación de Ley de procedimiento sancionatorio a los ya identificados en autos ciudadanos ESCAILAC CEDEÑO -Titular de la cédula de identidad V-16 750 577- y al ciudadano JOSÉ NAYIB ABRAHAM ANZOLA -Titular de la cédula de identidad V- 17 356 240 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 131 343-, de conformidad a lo establecido en el artículo 48 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo (2 002) y teniéndose como fundamento jurispruden.....