Con base en las consideraciones anteriormente expuestas, se ORDENA OFICIAR al INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORAL (INPSASEL), sede Barquisimeto Estado Lara, para que dé cumplimiento a lo ordenado, dentro del lapso de cinco (05) días de despacho siguientes contados a partir de que conste en autos el recibo del correspondiente oficio.
Dictada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto a los veinte (20) días del mes de marzo del año dos mil veinticuatro (2024). Años: 213º de la Independencia y 165º de la Federación.