V
DECISIÓN
En razón de lo expuesto considera este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, BANCARIO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: ADMISIBLE el Recurso Extraordinario de Casación, anunciado por el Abogado CARLOS HUMBERTO FALCONETTE, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 151.924, actuando en su carácter de apoderado judicial, de la parte demandada, ciudadano JESÚS RAFAEL LEZAMA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-6.819.980, en fecha veintiocho (28) de febrero de 2025, contra la sentencia dictada en fecha cinco (05) de diciembre de 2024.
De conformidad con lo previsto en el artículo 315 del Código de Procedimiento Civil, se deja expresa constancia que el último día para anunciar el Recurso de Casación fue el día diecinueve (19) de marzo de 2025, por lo que est.....