DISPOSITIVA:
En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: LA PERENCIÓN BREVE DE LA INSTANCIA de la presente pretensión por SUPRESIÓN DEL APELLIDO PATERNO, incoada por la ciudadana: AURIANGEL CAROLINA BECERRA DESANTIAGO, contra los ciudadanos: NEREIDA DEL CARMEN DESANTIAGO DE DURAN e IVAN ANIBAL BECERRA CASTRO, todos plenamente identificados, de conformidad a lo establecido en el artículo 267 Ordinal 1º del Código de Procedimiento Civil, se extingue la instancia en la presente causa.
Notifíquese a la parte actora.
Se ordena el archivo del expediente una vez vencidos los lapsos de Ley, sin que las partes hayan ejercido recurso correspondiente.
Publíquese, regístrese y déjese la copia certificada correspondiente, a los fines del artículo 248 del Códig.....