Conforme a lo expuesto este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando justicia en nombre de la República, y por autoridad de la Ley declara:
1.- PROCEDENTE la solicitud de medida cautelar interpuesta por el abogado Luis Enrique Bello, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° Nº 92.954, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil DOCUMENTOS MERCANTILES, S.A. (DOMESA).
2.- En consecuencia, SE ORDENA la suspensión de los efectos de la Providencia Administrativa Nº 597, de fecha veintitrés (23) de septiembre de 2005 dictada por la Inspectoría del Trabajo en los Municipios Autónomos Valencia, Naguanagua, San Diego, Carlos Arvelo, Miranda y Montalbán del Estado Carabobo, mediante la cual se declara Con Lugar, la Solicitud de Desmejora incoada por el ciudadano José Gregorio Durand.