Este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda decretar la Detención Judicial Preventiva de Libertad, en contra del adolescente XXXXXXXXX, Venezolano, titular de la Cédula de identidad XXXXXXXXX, de 16 años de edad, sin oficio definido, nacido en Cariaco en fecha 19-09-1989, hijo de XXXXXXXXX y XXXXXX, residenciado en XXXXXXXXX; quien fue aprehendido por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal Vigente, en perjuicio de Carmen Del Valle Garate Marcano; a los fines de garantizar su comparecencia a la audiencia preliminar, de conformidad con lo previsto en el artículo 559 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y en consecuencia se declara sin lugar la solicitud de medidas cautelares sustitutivas realizada por la defensa en atención a las razones de hecho y de derecho antes señaladas......