PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano JOSE HERNANDO PANQUEBA CONTRERAS, debidamente asistido por el abogado en ejercicio NELSON ALFIERI LUGO ACOSTA, y en consecuencia CONFIRMA la decisión dictada en fecha 01 de Febrero de 2.007, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, mediante la cual impuso al prenombrado imputado MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, pero por efecto de la modificación sufrida queda confirmada con fundamento en el artículo 256 numerales 4 y 7 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia el Juez de la causa deberá proceder una vez recibida la actuación realizar el cambio de modalidades mediante su imposición y aceptación.