En virtud de las consideraciones expuestas previamente, este JUZGADO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto, en fecha 09 de marzo de 2007, por el apoderado judicial de la parte querellante, contra la sentencia dictada en fecha 08 de marzo de 2007, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En consecuencia se declara improcedente la presente acción de Amparo.
Se MODIFICA la Sentencia recurrida en los términos arriba establecidos.