/Este Tribunal Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resolvió: PRIMERO: Se admite totalmente la acusación presentada por la Fiscalía Quinta del Ministerio Público del estado Lara, contra el ciudadano YORDANO ANTONIO SALAS PEREZ, titular de la Cedula de Identidad Nº 20.670.088, manteniéndose la calificación jurídica atribuida por la presunta comisión del delito de ASALTO A UNIDAD DE TRANSPORTE PÚBLICO, previsto y sancionado en el artículo 357, último aparte, del Código Penal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 330 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se admiten totalmente las pruebas ofrecidas por la Representación Fiscal por ser legales, lícitas, pertinentes y necesarias, con fundamento en lo establecido en los artículos 330 numeral 9 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: De conformidad con el.....