Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley CONVIERTE EL RESTO DE LA PENA QUE LE FALTA POR CUMPLIR DE UN (01) AÑO, CINCO (05) MESES Y DOCE (12) DIAS DE PRESIDIO AL PENADO ELOY IRENE ORTIZ FERNANDEZ, C. I. No. 7.433.855 EN CONFINAMIENTO, CON UN AUMENTO DE UNA CUARTA PARTE DEL RESTO DE LA PENA, es decir de CUATRO (04) MESES, SIETE (07) DIAS Y DOCE(12) HORAS, totalizando un tiempo de pena a cumplir de UN (01) AÑO, NUEVE (09) MESES, DIECINUEVE (19) DIAS Y DOCE (12) HORAS, pena que extinguirá en fecha: 10-02-2009 mas las penas accesorias establecidas en el artículo 13 del Código Penal Venezolano, confinamiento que cumplirá en la siguiente dirección: El Tocuyo, Municipio+
Moran, Caserío Dos Caminos, Calle Principal diagonal al Abasto y Licorería El Mao-Mao. Familia Castañeda, casa Sin numero, Tlf- 0416-0525851 (Sra. Leidi Castañeda), con la obligación expresa de presentarse por ante la Prefectura del Mu.....