este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin lugar la cuestión previa contenida en el numeral 3º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, promovida por el apoderado Judicial de la parte demandada.
SEGUNDO: Sin lugar, por improcedente la demanda de cumplimiento de contrato, intentada por el Abogado Yvor Ortega Franco, en su condición de apoderado judicial del ciudadano Salim Karam, contra los ciudadanos Ghaleb Radwan Abou Hassoun y Zammar Arraje Sleiman Nagib, todos suficientemente identificados en la parte superior de esta sentencia.
TERCERO: Se condena en costas a la parte actora, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
CUARTO: Se ordena la notificación de las partes por haber salido la presente sentencia fuera del lapso establecido po.....