Con base a las razones que se dejan expresadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada Benedicta Leon, en su condición de Defensora Pública del ciudadano Dennys Armando Ortiz Ochoa, contra la decisión dictada en fecha 18-09-2015 y fundamentada en fecha 28-09-15, por parte del Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 04 de este Circuito Judicial Penal, en el asunto signado bajo el Nº KP01-P-2015-014754; mediante el cual decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano Dennys Armando Ortiz Ochoa, prevista en el artículo 236 en concordancia con los artículos 237 del Código Orgánico Procesal Penal, imputado por el delito de SECUESTRO, previsto y sancionado en el articulo 3 con la agravante establecida.....