DECISION:
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: DAVID ANTONIO MARQUEZ GOMEZ y MARIA AUXILIADORA HERNANDEZ, ya identificados, y en consecuencia, disuelto el vinculo matrimonial, que ambos contrajeron el día Diez (10) de Enero de 1980, por ante la Prefectura del Municipio Monseñor José Vicente de Unda del Estado Portuguesa, como se evidencia del Acta de Matrimonio Nº 1, que en copia certificada fue traída a los autos.- ASI SE DECIDE.- De conformidad con lo establecido en el articulo 185-A del Código Civil.- ASI SE DECIDE.---------------------------------------------------------------------------------
Queda extinguida la Sociedad Conyu.....