Se declaró parcialmente con lugar acción de amparo interpuesta por el ciudadano Pietro Pizzola Frinquello, actuando en su carácter de director de la sociedad de comercio Distribuidora Ladymoda, C.A. en contra de la Abg. Abdebys Cristina Amaya de Baralt, en su carácter de Fiscal 18 del Ministerio Público a Nivel nacional con competencia en materia de Derecho de Autor y Protección de los Derechos Fundamentales, por violación del debido proceso, artículo 49 ordinal 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, relacionado con los artículos 125, ordinal 1 y 313 del Código Orgánico Procesal Penal. Se otorgó a la Fiscalía un plazo de 30 días para emitir acto conclusivo que corresponda. Debiendo abstenerse de violentar el debido proceso que se le debe seguir al accionante y dársele acceso a todas las actuaciones en las cuales aparezca directa o indirectamente relacionado el accionante, en cumplimiento del ordinal 1 del artículo 124 del Código Orgánico Procesal Penal.