Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley , DECLARA: CON LUGAR, la demanda intentada por la ciudadana: ANA ISABEL RODRIGUEZ PAREDES, venezolana, mayor de edad, soltera, secretaria, titular de la cédula de identidad N° 2.628.439, y de este domicilio, por intermedio de sus apoderados judiciales: LUIS ALFREDO SALDIVIA PEÑALOZA y CAROLINA NOL WAHBI, abogados en ejercicios, inscritos en el Inpreabogado bajo los Números 90.024 y 104.047, respectivamente, en contra del ciudadano: ALEXANDER PEREIRA GIL, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.436.581, gestor inmobiliario, y de este domicilio.-En consecuencia, se condena a la parte demandada, ciudadano: ALEXANDER PEREIRA GIL, antes identificado, a pagar a la actora, las siguientes cantidades de dinero: PRIMERO: UN MILLON CIEN MIL BOLÍVARES (Bs. 1.100.000,00) por concepto de capital. SEGUNDO.....