Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA, mediante la cual se DECLARO LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en la presente causa de cumplimiento de contrato de comodato, seguida por el ciudadano Daniel José Alvarado Torrealba, contra la ciudadana Celena Cuicas Cordero. En consecuencia se declaró FIRME la sentencia dictada el 18 de febrero de 2004, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara. No hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil. Se ordenó NOTIFICAR a las partes la presente decisión.