DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida por la parte demandada.
SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia dictada en fecha 27 de marzo de 2009 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, y en consecuencia, SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano DIXÓN DE JESÚS SIMANCAS SEGOVIA, ya identificado, contra la empresa CONSORCIO G & O.
No hay condenatoria en costas, de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo.