SE DECLARA CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana MARIA CAYETANA FLORES DE BARRIOS, ampliamente identificada en autos, en consecuencia, se condena a la parte demandada WILFREDO ANTONIO COLMENAREZ VIVAS identificado en autos, a entregar libre de personas y bienes el local comercial ubicado en la Calle 4, con la carrera 3 A del Barrio Andrés Eloy Blanco cuyos linderos y medidas se dan por reproducidos y constan en la certificación de la Data de Posesión inserta al folio 5509 bajo el N° 5509 del libro L-71 de fecha 28/08/1970 de registro copiador de datas de posesión llevado por la sindicatura Municipal del municipio Iribarren y que cursa al folio 200 de la presente causa. En virtud que la parte demandada ha resultado vencida totalmente se le condena en costas de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil. En virtud que la presente sentencia se dictò fuera del lapso de Ley notifiquese a las partes de la misma de conformidad con el artìculo 251del CPC.