En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECLARA:PRIMERO: Se otorga el beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, como fórmula alternativa al cumplimiento de la pena, conforme al artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y artículos 479 numeral 1, 493 y 494 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del penado RAMON ALBERTO DURAN RAMIREZ, venezolano, soltero, Cedula de Identidad V-23.556.434, oficio obrero, de 23 años, nacido en fecha 05-12-1985, natural de El Vigía, Estado Mérida, hijo de Roberto Duran (v) y Magaly Ramírez Salazar (v), domiciliado en el Sector La Playita, Calle Principal, casa N° 202, teléfono 0424-757-5997, detrás de la antigua Taberna El Bucanero, Parroquia Rómulo Betancourt, Municipio Alberto Adriani El Vigían Estado Mérid.....