DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara:
• SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte recurrente.
• Queda en estos términos CONFIRMADA la decisión recurrida.
• No hay condena en costas dada la naturaleza del fallo.
• Notifíquese al Juzgado de Origen.
• Notifíquese al Síndico Procurador Municipal del Municipio Valencia del Estado Carabobo.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA de conformidad con lo establecido en los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia, a los veinte (20) días del mes de Mayo de 2011.