Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO.- CON LUGAR la apelación interpuesta el 18 de febrero de 2013, por la abogada RAYDA RIERA, apoderada judicial de la parte accionante, contra la sentencia dictada el 14 de febrero de 2010, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de esta Circunscripción Judicial.- SEGUNDO.- LA NULIDAD DE LA SENTENCIA INTERLOCUTORIA DICTADA EL 14 DE FEBRERO DEL 2013, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.- TERCERO: LA REPOSICION DE LA CAUSA AL ESTADO en que se encontraba al momento del fallo revocado, a los fines que el proceso alcance su fin, como lo es, que se dicté sentencia definitiva; con base al criterio señalado, con l.....