Este Tribunal, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, aprueba la mencionada justificación, y DECLARA a la ciudadana DIOSELINA ANDRONICA MORILLO DE RODRIGUEZ plenamente identificada, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano DAVID ANTONIO RODRIGUEZ MORILLO quien era venezolano, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº 7.347.583 .