Este Tribunal, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos NATANAEL ANTONIO MARCHAN MENDOZA y YACQUELIN JOSEFINA CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos 15.306.559 y 16.385.331 respectivamente, por ante la Jefe Civil de la Parroquia Concepción, Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha 19 de octubre de 2.007, bajo el Nro. 330 del Libro de Registro Civil de Matrimonios respectivo, llevados durante el año 2.007. Durante la unión matrimonial no procrearon hijos. Se declara extinguida la comunidad de gananciales existentes entre las parte, de conformidad con lo establecido en el artículo 173 del código Civil. Ofíciese a los Organismos competentes, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines legales consiguientes. Expídanse l.....